18 de Diciembre de 2020 – El Proyecto de Ley que se resuelve hoy
Reglamentación de Articulo 38 de la Constitución de la Republica
Artículo 38
“Queda garantido el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no podrá ser desconocido por ninguna autoridad de la República sino en virtud de una ley, y solamente en cuanto se oponga a la salud, la seguridad y el orden públicos.”
Compartimos el proyecto de ley que ya se votó en Senadores y se resuelve en las próximas horas en Diputados.